¿Qué hago si me despiden por estar embarazada?

¿Qué hago si me despiden por estar embarazada

Si su empresa le ha despedido (o amenaza con hacerlo) por estar embarazada, debe saber que la ley la protege en esta situación. El despido durante el embarazo, la baja por maternidad o el periodo de lactancia es un tema controvertido por lo cual muchas mujeres tienen dudas sobre su situación y sobre si podrán reclamar por sus derechos en una situación tan complicada.


¿Cuándo se produce el despido nulo por embarazo?

Cuando una empleada está embarazada y es despedida por su empresa, sin que esta última alegue motivos debidamente justificados –y que no se deban a su estado de embarazo- se considerará dicho despido como nulo. El Estatuto de los Trabajadores dice que: “Será también nulo el despido en los siguientes supuestos (...) el de las trabajadoras embarazadas, desde la fecha de inicio del embarazo hasta el comienzo del periodo de suspensión.”

Lo que debe hacer, si se diera esta situación, es reclamar el despido con ayuda de un abogado especializado en Derecho laboral. Para ello cuenta con un plazo de 20 días hábiles, es decir, todos menos los fines de semana y los festivos. Consulte el calendario de su localidad para asegurarse de que no se le pasa el plazo, pues de lo contrario podría perder el derecho a reclamar.

La estrategia que emplean algunas empresas es alegar que el despido se hizo por alguna causa disciplinaria (falta de puntualidad, de asistencia, desobediencia...) para así enmascarar que están echando a la trabajadora por es embarazo. En estos casos, será la empresa quien deba demostrar que existen dichas causas disciplinarias ante el Juez. Si pueden demostrar que el despido se ha hecho por causas justificadas entonces será un despido procedente y sí que podrá darse este caso en el que la trabajadora sea despedida de la empresa mientras está embarazada, pero no debido a ello.

Si tras la presentación de las pruebas necesarias el Juez determina que ha sido un despido procedente, la demandante no tendrá más remedio que aceptar el despido. Pero, si los Tribunales determinan que el despido se puede considerar, efectivamente, como nulo, la empleada tiene una protección especial al estar embarazada. En condiciones normales, si se produce el despido nulo la empresa debería escoger entre readmitir a la trabajadora o darle una indemnización, pero en el caso de la mujer embarazada, esta podrá elegir si la empresa la readmite o acepta una indemnización. Si la trabajadora decide volver a la empresa, esta última está obligada a readmitirla y a pagarle los salarios que haya dejado de percibir desde su despido, lo que se conoce como salarios de tramitación.


Protección de las trabajadoras embarazadas frente al despido

El despido discriminatorio por embarazo se considerará nulo en todos los casos. El Estatuto de los Trabajadores protege los intereses de las empleadas embarazadas para ofrecerle una protección especial. Así, el despido será nulo en los siguientes casos:

  • Cuando la empleada se encuentre en periodo de suspensión del contrato por maternidad, riesgo durante el embarazo o la lactancia natural, enfermedades causada por embarazo, parto o lactancia natural, adopción, acogimiento o paternidad, o cuando el despido se notifique en una fecha tal que el plazo de preaviso concedido finalice durante dentro de dicho periodo.
  • Cuando la trabajadora se encuentre embarazada, comenzando desde la fecha de inicio del embarazo hasta el comienzo del periodo de suspensión del contrato por las causa anteriores.
  • Cuando la empleada se reincorpore al trabajo tras finalizar los períodos de suspensión del contrato por maternidad, adopción o acogimiento o paternidad, siempre que no hayan transcurrido más de nueve meses desde la fecha de nacimiento, adopción o acogimiento del hijo.

Como vemos, el Estatuto de los Trabajadores no solo protege a las embarazadas durante el periodo de gestación si no que también lo hace mientras están disfrutando de su permiso de maternidad u otros supuestos derivados de su situación. También tendrán protección los padres que disfruten de su periodo de paternidad y aquellas personas que hayan adoptado o acogido a un hijo.

También se considerará como despido nulo aquel despido por embarazo durante el periodo de prueba, salvo que concurran motivos que no estén relacionados con el embarazo o la maternidad.


Despido por embarazo en Madrid

Si está embarazada y cree que la han despedido por ello y no por causas justificadas, sepa que la ley le protege y le ampara. Con la ayuda de nuestros expertos abogados laboralistas en Madrid defenderemos sus intereses ante el Juez para lograr demostrar que se ha producido un despido improcedente. Si logramos demostrar que el despido ha sido nulo, usted podrá solicitar una indemnización por despido en el embarazo o la readmisión en su puesto de trabajo.

En nuestro Despacho de Madrid tenemos experiencia previa en la reclamación de despidos por embarazo y de otros derechos laborales de los trabajadores, por lo que no dude en consultarnos si está teniendo problemas. Muchas personas dejan pasar la reclamación ya sea por falta de información sobre el tema o porque sienten que no van a ganar, pero esto no es así; de hecho, los Tribunales laborales tienden a proteger cada vez más al trabajador. Si desea recibir más información sobre nuestros servicios, no dude en contactar con nosotros.