Los empresarios tienen obligaciones en materia de prevención de riesgos laborales.
El incumplimiento de estos deberes puede dar lugar a responsabilidades de índole administrativa.
Esta responsabilidad consiste en la imposición de sanciones al empresario infractor por parte del organismo público competente.
La exigencia de responsabilidad está sujeta a los siguientes principios:
Son sujetos responsables los empresarios titulares de un centro de trabajo, los promotores y propietarios de obra y los trabajadores por cuenta propia que incumplan las obligaciones derivadas de la normativa de prevención de riesgos laborales.
Y son infracciones laborales en materia de prevención de riesgos laborales las acciones u omisiones de los diferentes sujetos responsables que incumplan las normas legales, reglamentarias y cláusulas normativas de los convenios colectivos en materia de seguridad y salud laboral conforme al texto refundido de la Ley de Infracciones y Sanciones en el Orden Social.