Cuando un trabajador es despedido, suele ser habitual que se le solicite firmar un finiquito con los pagos pendientes: salarios, vacaciones o pagas extraordinarias. Pero la gran pregunta es: ¿puedes reclamar por despido después de firmar el finiquito? La respuesta es sí, en muchos casos.
En esta guía sencilla y práctica analizamos en detalle los derechos del trabajador, qué significa realmente la firma del finiquito y cómo un abogado laboralista en Madrid puede ser clave para defender tus intereses.
El finiquito es un documento que marca la extinción del contrato laboral. En él aparecen el salario del último mes, las vacaciones no disfrutadas, las pagas extraordinarias y otros conceptos. Aunque se firme, no siempre supone la renuncia a reclamar frente a un tipo de despido injusto.
Aunque el finiquito incluya frases como “no tengo nada más que reclamar”, no evita que un juez revise si el despido es válido. Un abogado especializado en despidos en Madrid puede ayudarte a comprobar si el despido tiene causas objetivas reales o si se trata de un despido sin justificación suficiente.
La calificación de un despido depende de un juez. Puede ser procedente, improcedente o nulo. Por ejemplo, los despidos por causas económicas técnicas organizativas deben justificarse con pruebas, mientras que un despido colectivo exige requisitos adicionales de procedimiento. La firma del finiquito no sustituye la revisión judicial.
Si un juez declara el despido improcedente, el trabajador puede elegir entre volver a su puesto o recibir indemnización. Esta indemnización se calcula en función del salario bruto y los años trabajados. Para los contratos anteriores al 12 de febrero de 2012, la indemnización es de 45 días por año; después del febrero de 2012, corresponde a 33 días por año, con un máximo de 24 mensualidades.
El plazo legal es de 20 días hábiles desde la notificación del despido, independientemente de haber firmado el finiquito. Es clave firmar la carta de despido como “no conforme” y acudir a un abogado lo antes posible.
El artículo 56 del Estatuto regula la indemnización por despido improcedente. Se toma en cuenta el salario por año de servicio, prorrateándose por meses los periodos inferiores a un año. Así se ajusta de manera justa el cálculo, garantizando que todos los meses de servicio prorrateándose cuenten en la compensación final.
En conclusión, firmar un finiquito no significa perder el derecho a reclamar. Si sospechas que tu despido no está bien justificado, consulta cuanto antes con un abogado. La rapidez es clave para proteger tus derechos.