El recurso de suplicación

El recurso de suplicación

En el supuesto en que un tribunal califique como improcedente el despido de un trabajador y la empresa no esté de acuerdo con la decisión, puede recurrirla notificando en un plazo de 5 días su intención de no readmitir al trabajador e interponiendo el correspondiente recurso de suplicación.

De acuerdo con el régimen jurídico que establecen los artículos 190 y siguientes de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social, la competencia para conocer de un recurso de suplicación recae en la sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia correspondiente.

El plazo que se posee para interponer el recurso ante el Juzgado de lo social que dictó la primera sentencia es de cinco días, el cual es improrrogable. Una vez presentado este recurso, los autos correspondientes se pondrán a disposición de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia en un plazo de dos días.

Cuando el Tribunal reciba los documentos oportunos relacionados con la impugnación y se compruebe que no existe ningún tipo de omisión o defecto que deba ser subsanado, se señalará la fecha en la que se llevará a cabo la deliberación y se emitirá el fallo estimatorio o desestimatorio del recurso de suplicación.