Contrato de apoyo a emprendores

El contrato de apoyo a emprendedores tiene por objeto la contratación de trabajadores por tiempo indefinido tanto a tiempo completo como a tiempo parcial.

Los empresarios que celebren este tipo de contratos se pueden beneficiar de incentivos fiscales así como de bonificaciones en su cuota empresarial a la Seguridad Social.

El objetivo de este contrato es potenciar la iniciativa empresarial de las empresas que tengan menos de 50 trabajadores, requisito que deben cumplir las empresas que quieran celebrar un contrato de apoyo a emprendedores con sus trabajadores. Además, la Ley establece que no es posible concertarlo si en los seis meses anteriores a la celebración del mismo se hubieran realizado extinciones improcedentes de contratos de trabajo.

Con el fin de que el empleador pueda seguir beneficiándose de los incentivos derivados de este contrato, debe mantener en el empleo al trabajador contratado al menos tres años, no considerándose incumplimiento de este deber si el contrato se extingue por causas objetivas o despido disciplinario, dimisión, jubilación, muerte o algún tipo de incapacidad permanente que inhabilite al trabajador para desempeñar las funciones correspondientes, así como por llegar a término el tiempo convenido del contrato o la realización de la obra o servicio previsto.